¿Se ha tramitado el correspondiente expediente de contratación, justificando la necesidad para contratar a esos abogados de la Universidad Carlos III?¿O se ha vulnerado la Ley de Contratos designándolos "a dedo", de forma arbitraria? ¿Cómo se ha justificado la necesidad e idoneidad del contrato, teniendo un Servicio Jurídico propio? (Art. 22 Ley de Contratos del Sector Público)
“Naturaleza y funciones.-1. El Servicio Jurídico
del Principado de Asturias es el órgano administrativo que tiene atribuidas las
funciones de asistencia jurídica a la Administración de la Comunidad Autónoma,
así como su representación y defensa en juicio.
2. Con carácter
potestativo y previo requerimiento, podrá asumir las funciones previstas en el
apartado anterior respecto de los organismos autónomos y entes de derecho
público del Principado de Asturias.
3. Podrá asimismo asumir la defensa de las entidades locales y del personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias, en los términos establecidos en el presente Decreto” (Art. 1 Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias)
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Jefe del Servicio Jurídico: Mª Isabel González Cachero
La defensa en juicio del Principado de
Asturias está encomendada, por Decreto, al Servicio Jurídico del Gobierno de
Asturias, por lo que su contratación, si no encargo “a dedo”, a un letrado
ajeno al Servicio puede haber dado lugar o dar lugar a incurrir en prevaricación al gestor público que así
lo haya hecho.
¿Es que el Servicio Jurídico del
Principado es incapaz de liderar los juicios del Principado?
¿Quién autorizó la contratación, debería estar publicada su contratación en el "perfil de contratante", o
nombramiento “a dedo”, del catedrático de la Universidad Carlos III Luciano Parejo?
De acuerdo con el Decreto ese acto incurrió en ilegalidad por obviar los medios
propios del Principado y acudir, sin necesidad alguna, a un letrado externo a la propia Administración
del Principado de Asturias, generando un despilfarro a las arcas del Principado de Asturias... Conclusión: Ilegalidad y presunta prevaricación.
Foro pregunta a Fernández por qué cambia de abogado para reclamar los fondos mineros
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Cristina Coto, portavoz de ForoAsturias en la Junta General del Principado de Asturias. |
La contratación exige la tramitación del correspondiente expediente de contratación, en el que habrá que justificar, en todo caso, su NECESIDAD. ¿Qué necesidad si ya se dispone de un Servicio Jurídico en el Gobierno del Principado? No hay justificación posible. ¿Cuánto ha costado Luciano Parejo?¿Por qué no se publica en la prensa o en la página web del Principado? TRANSPARENCIA, LEY DE TRANSPARENCIA...¿DÓNDE ESTÁ?
“Necesidad e idoneidad del contrato y eficiencia en
la contratación.-1. Los entes, organismos y entidades del sector
público no podrán celebrar otros contratos que aquellos que sean necesarios
para el cumplimiento y realización de sus fines institucionales. A tal efecto,
la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante el
contrato proyectado, así como la idoneidad de su objeto y contenido para
satisfacerlas, deben ser determinadas con precisión, dejando constancia de ello
en la documentación preparatoria, antes de iniciar el procedimiento encaminado
a su adjudicación.
2. Los entes, organismos y entidades del sector público velarán por la
eficiencia y el mantenimiento de los términos acordados en la ejecución de los
procesos de contratación pública, favorecerán la agilización de trámites,
valorarán la innovación y la incorporación de alta tecnología como aspectos
positivos en los procedimientos de contratación pública y promoverán la
participación de la pequeña y mediana empresa y el acceso sin coste a la información,
en los términos previstos en la presente Ley” (Art.
22 Ley de Contratos del Sector Público)
La portavoz de Foro Asturias en la Junta General, Cristina Coto, remitió ayer una batería de preguntas al presidente del Principado, Javier Fernández, sobre la marcha del proceso de ejecución de la sentencia favorable al Principado sobre las transferencias pendientes de los fondos mineros, por la que las arcas autonómicas deberían ingresar 213 millones de euros. Coto recuerda en el argumentario que el PSOE criticó en su momento al Gobierno de Foro por encargar al catedrático de la Universidad Carlos III Luciano Parejo la demanda que Francisco Álvarez-Cascos presentó contra el Ejecutivo central y que, a la postre, supuso la victoria en los tribunales. Concretamente, el 8 de mayo del año pasado, el consejero de Presidencia, Guillermo Martínez, esgrimió en una respuesta escrita a una pregunta de Foro que «el Gobierno del Principado considera que el Servicio Jurídico del Principado hubiese podido desde el primer momento llevar este asunto sin haber tenido que ir a la contratación externa».
Sin embargo, el pasado 28 de noviembre el mismo Guillermo
Martínez, acompañado por el consejero de Economía y Empleo, Graciano Torre,
anunció el encargo al «despacho de Antonio Descalzo para que presente de manera
inmediata la petición de ejecución de la sentencia que reconoce a Asturias la
posibilidad de percibir los 213 millones de euros de los fondos mineros
adeudados», como recogió este diario.Por ello,
Cristina Coto interpela a Javier Fernández para que aclare los motivos que «han
llevado al Gobierno del Principado a desistir de encomendar las acciones
judiciales en defensa de los fondos mineros al Servicio Jurídico del
Principado».En el caso de que hubiese causas suficientes para no encargar a
dicho Servicio Jurídico del Principado las gestiones, Coto también reclama que
se explique «el motivo de encomendar la denuncia del incumplimiento de la
sentencia de los fondos mineros al despacho de don Antonio Descalzo González,
profesor titular de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III, en
lugar de continuar con la colaboración de don Luciano …
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¿También se externalizará la defensa jurídica del Gobierno de Asturias cuando su norma reguladora no lo autoriza? ¿Ilegalidad y presunta malversación de fondos públicos?
Recurso de inconstitucionalidad contra el impuesto a los depósitos
bancarios
El Consejo de Gobierno ha decidido solicitar un dictamen al Consejo
Consultivo para interponer un recurso de inconstitucionalidad contra el
impuesto estatal a los depósitos bancarios.
La solicitud responde a una cuestión de trámite. El tres de octubre, el Gobierno
del Principado presentó el recurso contra el artículo 124 del Real Decreto-ley
de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. El
artículo citado es el que fija el tributo estatal sobre la banca.
Como ese decreto-ley ya ha sido convalidado y convertido en ley, ahora el
Gobierno del Principado debe formalizar el recurso frente a la ley. Por ello,
vuelve a repetir los pasos anteriores: primero, solicitud del informe
pertinente al Consejo Consultivo; después, formalización del recurso.[Acuerdos
del Consejo de Gobierno (03-dic-2014)]
Publicado por Alejandro Mon