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Marta Pujol, la “falsa arquitecta municipal” |
El caso de Marta Pujol como
“falsa arquitecta municipal” desencadena denuncias en toda España
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Los falsos Arquitectos municipales … |
Centenares de ayuntamientos españoles conceden licencias sin tener en
plantilla arquitectos municipales.
Según una denuncia presentada ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a la que ha tenido acceso OKDIARIO, al menos 1.500 consistorios de Cataluña, Madrid y Castilla la Mancha han contratado “arquitectos honorarios”, “arquitectos honoríficos” o “asesores urbanísticos” en lugar de sacar a concurso público la plaza de arquitecto municipal.
Según dicha denuncia, estos consistorios, 850
en Cataluña, 600 en Castilla la Mancha y 100 en Madrid, “desempeñan
funciones públicas, reservadas a funcionarios y por tanto a empleados públicos”. Un hecho que podría conllevar “la
posible nulidad de pleno derecho de los expedientes administrativos y la
posible incursión en los tipos penales de prevaricación, malversación de
caudales, nombramiento ilegal y usurpación de funciones públicas”.
El origen
de esta denuncia contra los consistorios españoles se encuentra en el caso de Marta Pujol
Ferrusola. La segunda de los siete hijos del ex presidente
catalán, Jordi Pujol, trabajó
como “arquitecta
municipal” casi 20 años en el municipio barcelonés de San Vicente de
Montalt, sin
haberse presentado a un concurso público para adquirir la plaza.
Marta Pujol
Ferrusola cobraba un sueldo de 2.264 euros mensuales por
trabajar 9 horas semanales.
La contratación de la “arquitecta”
se decidió por un acuerdo del pleno municipal como designación directa. El
contrato tenía una validez de 6 años, prorrogable a 4 más, sin embargo, realizó
su labor de 1996 hasta 2015 sin haberse renovado nunca.
“Los informes técnicos deberán ser redactados por persona titulada competente o en caso de ausencia de este por el personal con igual calificación de la correspondiente Diputación”: arquitecto municipal funcionario.
El consistorio barcelonés gobernado por CIU decidió entonces sacar la plaza a concurso tras recibir un informe jurídico de
la Diputación de Barcelona donde
se señalaba que “las respectivas plazas de arquitecto, arquitecto técnico e
ingeniero se han de crear en la plantilla de persona como funcionarios y en la
escala de administración general”….
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Prevaricación administrativa.- No siguieron el procedimiento legalmente
establecido, como afirma la sentencia, para la contratación del Arquitecto: De este modo, los citados tres
acusados, en lugar de emplear alguna de las modalidades de adjudicación
previstas en dicho Texto Refundido, esto es, procedimiento abierto con
concurso público, procedimiento restringido o procedimiento negociado, en todos
los que hay que dar posibilidades de participar a otras empresas o arquitectos con independencia del precio del
contrato, procedían en todos los proyectos que se relatarán a continuación a
adjudicarlos directamente al referido Arquitecto,
y ello, dejando como única constancia documental del expediente la emisión de las facturas que elaboraba
este último, los documentos contables para el pago y la aprobación de dicho
pago en Junta de Gobierno, de forma
similar a la prevista legalmente para el llamado "contrato menor", menos exigente en sus trámites, pero
estando previsto …
Nota.- … y se lo tragaban el Secretario y el
Interventor … que también tenían que
haber sido procesados por FISCALIZAR, “DE CONFORMIDAD”, pagos
ILEGALES y no advertir de la ilegalidad al Ordenador de pagos para queno pagara.
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"Los arquitectos municipales y las vías de la ilegalidad".
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El Ayuntamiento de Cangas gana el juicio contra el arquitecto municipal |
Me llamo Fernando
Jabonero Orasio y
soy concejal-portavoz del PSOE en el
Ayuntamiento de Pastrana.
Con
seguridad Vds. conocen que desde hace años vengo poniendo en público
conocimiento, entre otras cosas, la situación de imposible ajuste a la
legalidad en el Ayuntamiento del que ahora soy concejal de numerosas
actuaciones sobre todo de índole urbanístico. También, en lo referido la
extendida práctica de usurpación de funciones reservadas a funcionarios de
carrera, en particular la información preceptiva y la inspección urbanística
que, por aplicación del art. 36 de la Ley 7/85 y el art. 4 del Reglamento de
Disciplina Urbanística de 23 de junio de 1978, corresponde desempeñar a la
Diputación de Guadalajara a través de los arquitectos de la misma. Cosa que por
cierto hacen de siempre unos cuantos municipios y para documentarlo consulten
su memoria anual. Y en el ámbito de la Inspección Urbanístico la condición de
inspector funcionario es también requerida por el artículo 41 del Reglamento de
Disciplina Urbanística de Castilla la Mancha de 26 de abril de 2011.
Sin duda,
y me consta que todos Vds. lo conocen, en la mayoría de los ayuntamientos de la
provincia se otorgan ilegalmente las licencias con escritos que fingen ser
informes preceptivos a cargo de quienes acaban por comparecer públicamente como
Arquitecto Municipal y ser identificados y certificados como tales por los
Secretarios Municipales que de esa manera certifican e informan en contra de la
realidad documental y documentada de la Plantilla Municipal y de la Relación de
Puestos de Trabajo, en su caso.
De hecho,
entre Vds. hay unos cuantos alcaldes que hacen que las cosas discurran por las
vías de la ilegalidad palmaria y de la nulidad de pleno derecho de las
resoluciones de otorgamiento de licencias, y por ejemplo y sólo para ilustrar
los dicho en Yebra e Illana.
Quien les
escribe esta nota se ha dirigido por teléfono al Ayuntamiento de Almoguera; ni
siquiera fue precisa instancia. Fue el 28 de julio de 2014, interesándose ante
la entonces secretaria municipal por los modos de otorgarse las licencias
municipales. En el Pleno de 4 de agosto de 2014 se decidió prescindir de una
honorífica, de modo que el alcalde vino desde entonces requiriendo del Servicio
Técnico de esta Diputación los informes correspondientes a los expedientes
municipales urbanísticos, incluido uno sancionador por causa de una nave ilegal
que el alcalde consintió a menos de 500 metros del casco urbano sin licencia.
El Pleno de Almoguera creó y dotó la plaza pública municipal de arquitecto
municipal, que mediante oposición se cubrió de manera que ahora
en Almoguera las tramitaciones urbanísticas al menos son legales en cuanto al
desempeño de potestades reservadas a funcionarios técnicos. Otra cosa es que se
hayan tramitado más de 300 licencias ilegales que en su momento serán objeto de
solicitud de legalidad de pleno derecho. De similar resultado en cuanto a
prescindir de su(s) falso(s) arquitectos municipales fueron las actuaciones
ante el Ayuntamiento de Valdeaveruelo o ante la alcaldesa de Torija.
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Ignacio Ranera
Tarancón, Alcalde de
Pastrana
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Resulta
de especial trascendencia en el ámbito del urbanismo la inspección
urbanística, actividad de especial cuidado en su tramitación
por ser invasora de derechos individuales pues el inspector hasta puede entrar
en una obra sin permiso judicial y levantar un acta de inspección, que es un
documento público. Reflexionen: documento público levantado por una persona
incompetente; seguro que les rechinan los dientes. A pesar de que Vds., algunos
con licenciatura en derecho, conocen todo esto de sobra, incluidos aquellos en
cuyos ayuntamientos se vulnera con intensidad la ley en lo que conviene a este
escrito, me permito, y disculpen el atrevimiento habida mi nula formación
jurídico-legal, transcribirles lo que sigue que obrará en Escrito de
Formalización de Demanda elevada al Juzgado de lo Contencioso Administrativo
número Uno de Guadalajara, en procedimiento ordinario sobre nulidad de pleno
derecho de todas las resoluciones urbanísticas del Ayuntamiento de Pastrana
desde la aprobación del POM, en 2004, incluidas las que corresponden a la
expoliación reciente de su Colegiata, premiada por esta Institución con una
ayuda de 100.000 euros para consolidar esa infracción muy grave tanto …
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Por el Portavoz del PSOE en el Ayuntamiento de Pastrana |
Publicado por Alejandro Mon