Anulados los cambios de puestos administrativos en la Universidad de
Oviedo (Asturias)
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He aquí a la ex-gerente de la Universidad de Oviedo que, en el culmen de su incompetencia, ha conseguido perder, récord no conseguido hasta ahora por ningún gerente que la precedió, todos los recursos que se han planteado contra su gestión por adoptar desisiones caciquiles, endogámicas, partidistas y nepotistas durante su nefasta gestión. Nunca debió ser nombrada gerente. ¡Qué dolor! ¡Pobre Uniovi! |
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Sentencia …”Consecuencia de lo expuesto es que
en la Relación de Puestos de Trabajo de la Universidad
de Oviedo deben figurar de forma explícita o implícita, por referencia a otra relación anterior o catálogo, las
características esenciales de cada puesto de trabajo, requisito que no cumple la relación de puestos de trabajo
impugnada que se limita a señalar el código de cada puesto de trabajo, su
denominación, grupo, tipo de puesto, nivel, forma de provisión, el complemento
específico mensual y observaciones, la mayoría en blanco, y los otros a la
necesidad de conocer idiomas o titulación concreta, sin referencia alguna a las
características del puesto”. …
El fallo, de carácter pionero en la institución académica asturiana, deja sin efecto el concurso de los jefes de servicio y de sección realizado en la recta final del anterior equipo rectoral y, además, paraliza el proceso que se estaba desarrollando en estas fechas.
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Sentencia de Apelación condenatoria de la Universidad de Oviedo por haber elaborado y aprobado una RPT incomestible, por no decir presuntamente delictiva. |
Desde la sección sindical de Comisiones Obreras en la Universidad valoraron
que la victoria no corresponde únicamente a su organización, sino a muchas más personas
que en los momentos previos a la aprobación de la RPT cuestionada participaron en concentraciones, firmaron,
intervinieron y votaron en el Consejo de Gobierno en contra de su aprobación. Asimismo,
desde el sindicato felicitaron a quienes se posicionaron frente a lo que
consideraban que era una RPT “injusta e impuesta” por
un equipo de gobierno al que reprocharon …
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RPT del PAS: Casi 600 funcionarios, sin contar el personal laboral, conforman el funcionamientode la Universidad de Oviedo. ... ¿Son TODOS necesarios? Por supuesto que NO.
Vea lo que contiene la
RPTLa "vicegerencia de recursos humanos" (Código 42 nuevo) SOBRA, es una inmoralidad, alrededor de 90.000 euros anuales, la exgerente, Mercedes García San Millán, la ocupa VITALICIAMENTE, lo ha patrimonializado, se lo creó a su imagen y semejanza, con la complacencia del Rector de marras y del Consejo Social de entonces. Por cierto ... por qué la pagina web del Consejo Social sólo publica las "ACTAS DE PLENOS" hasta 2010? ¿Qué está OCULTANDO? Este puesto de trabajo es TOTALMENTE INNECESARIO, es una estafa a los contribuyentes y una burla del personal del PAS. ¿Respeta y CUMPLE las decisiones judiciales? Por otra parte, esta ignorante exgerente, Mercedes Garcia San Millán, tuvo el atrevimiento de proponer la supresión de "Puesto de Gerente", Grupo A, en la RPT de la Universidad de Oviedo, asignando al Gerente un "contrato de alta dirección", algo TOTALMENTE ILEGAL, cosa que posteriormente se hizo con el Gerente nombrado por el exrector Juan Vázquez (José Antonio Díaz Lago, Grupo B) y el gerente nombrado por el también exrector Vicente Gotor (Eusebio Gonzalez Garcia, Grupo B). Ambos Gerentes fueron nombrados ILEGALMENTE por la sencilla razón de que no eran funcionarios del Grupo A. Por otro lado, el "contrato de alta dirección" bajo cuyo paraguas ejercieron la función de Gerente, fue ILEGAL, ya que el NINGÚN rector puede formalizar "contratos de alta dirección". aL "GERENTE" lo NOMBRA, como se hace con el rector y los cargos de las administraciones públicas: el rector, NO lo CONTRATA., lo NOMBRA.
“Gerente.-Al o a la
Gerente le corresponde la gestión de los servicios administrativos y económicos
de la universidad. Será propuesto por el Rector y nombrado por éste de acuerdo con el Consejo Social,
atendiendo a criterios de competencia profesional y experiencia. El Gerente no
podrá ejercer funciones docentes.” (Art. 23 Ley Orgánica
6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades)
NOTA.-En la RPT de la Universidad Complutense de Madrid no aparece el puesto de GERENTE: está VULNERANDO la LOU: es ILEGAL: ese Gerente no puede dictar "actos administrativos", siendo ILEGALES todos los que haya dictado hasta ahora: al ser LABORAL, ADEMÁS, no tiene competencias administrativas.
NOTA.-En la
RPT de la Universidad de Cantabria no
aparece el puesto de GERENTE: está VULNERANDO la LOU: es ILEGAL: ese
Gerente no puede dictar "actos administrativos", siendo
ILEGALES todos los que haya dictado hasta ahora: al ser LABORAL, ADEMÁS,
no tiene competencias administrativas.
El
personal de administración y servicios.-1. El personal de administración
y servicios de las Universidades estará formado por personal funcionario de las escalas de las propias Universidades y
personal laboral contratado por la propia Universidad, así como por personal
funcionario perteneciente a los cuerpos y escalas de otras dministraciones
públicas.2. Corresponde al personal de administración y servicios la gestión
técnica, económica y administrativa, así como el apoyo, asesoramiento y
asistencia en el desarrollo de las funciones de la universidad. Corresponde al
personal de administración y servicios de las universidades públicas el apoyo,
asistencia y asesoramiento a las autoridades académicas, el ejercicio de la
gestión y administración, particularmente en las áreas de recursos humanos,
organización administrativa, asuntos económicos, informática, archivos,
bibliotecas, información, servicios generales, servicios científico-técnicos,
así como el soporte a la investigación y la transferencia de tecnología y a
cualesquiera otros procesos de gestión administrativa y de soporte que se
determine necesario para la universidad en el cumplimiento de sus objetivos.3.
El personal funcionario de administración y servicios se regirá por la presente
Ley y sus disposiciones de desarrollo, por la legislación general de
funcionarios, y por las disposiciones de desarrollo de ésta que elaboren las
Comunidades Autónomas, y por los Estatutos de su Universidad.El personal
laboral de administración y servicios, además de las previsiones de esta Ley y
sus normas de desarrollo y de los Estatutos de su Universidad, se regirá por la
legislación laboral y los convenios colectivos aplicables.(Art. 73 Ley Orgánica
6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades)
“La provisión de puestos
de trabajo a desempeñar por el personal funcionario, así como la
formalización de nuevos contratos de
personal laboral fijo, requerirán que los correspondientes puestos figuren detallados en las respectivas relaciones.
Este requisito no será preciso cuando se trate de realizar
tareas de carácter no permanente mediante contratos de trabajo de duración
determinada y con cargo a créditos correspondientes a personal laboral eventual
o al capítulo de inversiones.” (Art. 15.f) Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma
de la Función Pública)
Eso parece ser que no lo sabe el Servicio Jurídico de la Universidad ni su Secretario General. Aquellas Universidades españolas públicas donde el Gerente esté con un "contrato de alta dirección", por supuesto, están incurriendo en una ILEGALIDAD manifiesta: están vulnernado la ley: es ILEGAL. ... ¿Acaso figura el puesto de "GERENTE" en la RPT de personal laboral? Yo no lo he visto en ninguna Universidad. Tampoco figuraba en la RPT de personal laboral de la Universidad de Oviedo en tiempos de Juan Vazquez, o de Vicente Gotor, por lo que hicieron un contrato ILEGAL contratando laboralmente al Gerente. Parece ser que, para la gerente saliente, ahora querían crear otra vicegerencia, la "vicegerencia económica" para que fuera ocupada, también VITALICIAMENTE, por la incompetente Marta. ¡Cuánta manipulación de lo público!¡Ver para creer!Eso ... acaso todo ésto no es corrupción administrativa? Y así habrá otros muchos puestos de la RPT, totalmente INNECESARIOS. NOTA.-En la RPT el "complemento específico" se ha de poner cuantificado al año, no, TRAMPOSAMENTE, por meses, como hace esta Universidad de Oviedo, queriendo ENGAÑAR a los asturianos.A eso se le llama OPACIDAD. |
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Resolución
de 28 de abril de 2015, de la Universidad de Oviedo, por la que se ordena la
publicación de la Relación de Puestos de Trabajo del Personal Laboral de
Administración y Servicios.Son 405 los laborales que, junto con el personal funcionario,
suman un total de 1.000 empleados en Administración y Servicios. ¿Cuántos son
los docentes?
Nota.-Del profesorado no hay RPT ... ¿Por qué? ¿Qué se oculta? ¡Es que se creen que son de otra especie? Son tan funcionarios como los del PAS. La opacidad del profesorado es INADMISIBLE, señor Rector. Y, también, son nefastos mandando sobre el PAS con los Vicerrectorados y direcciones de área. El profesorado, a enseñar e investigar. El PAS a gestionar la administración de la Universidad: por eso se denomina Personal de Administración y Servicios (PAS). La injerencia total e indiscriminada de los docentes en la administración de la Institución, es letal para la Univerdidad ovetense, y para TODAS las Universidades públicas. Pero, ésto, no lo entiende el profesorado, son muy cerrados. Se consideran la casta. Se creen que la Universidad es de su propiedad. Se creen que descienden de la pata del Cid Campeador. ¡Así está la Universidad! ... Dónde están las patentes logradas con los millones dedicados a la INVESTIGACIÓN? ¿Cuánto ha ingresado la Universidad de Oviedo, por patentes, en los últimos diez años?
…dónde puedo ver la RPT del profesorado?
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- UNIVERSIDAD DE OVIEDO: NUEVO RECTOR: NUEVO EQUIPO RECTORAL: OCURRENCIAS: DA IGUAL(I)
- UNIVERSIDAD DE OVIEDO: NUEVO RECTOR: NUEVAS OCURRENCIAS: VICERRECTORADO DE ASUNTOS EXTERIORES: VICERRECTORADO DE EMPLEO: DA IGUAL(II)
- UNIVERSIDAD DE OVIEDO: SALGA QUIEN SALGA ELEGIDO RECTOR: DA IGUAL: SERÁ UN DESASTRE PARA LA UNIVERSIDAD: ... Y PARA LOS ASTURIANOS.
Antecedentes: La Justicia anula 250 puestos de
funcionarios nombrados a dedo
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Así se escribe la historia de nuestra Comunidad Autonómica "Principado de Asturias", altamente endogámica y nepotista, creadora de una red clientelar socialista. La "garantía" de Javier es patética y antidemocrática: TODO para ellos, todo para la FAS (Familia Socialista Asturiana). La Universidad de Oviedo sigue por los mismos derroteros. ...antidemocráticos.
Anulado el concurso de méritos para una convocatoria de 476 de jefes de sección en el Principado |
Una sentencia del Tribunal Superior
de Justicia (TSJ) de Asturias aprobada el viernes de la semana pasada ha
resuelto anular más de 250 nombramientos de funcionarios aprobados por el sistema de libre
designación en la Administración del
Principado. El auto falla a favor de una denuncia interpuesta por el Conceyu por
Otra Función Pública n´Asturies (Cofpa)y se suma a otras dos demandas
interpuestas en la misma administración que juntas rescindieron 181 nombramientos.
En total, ya son más de 430 cargos de funcionarios anulados por sentencia
judicial en los últimos años tan sólo en esta autonomía.
La sentencia anula la utilización de lo que se conoce como nombramiento 'a
dedo'- en más de 250 puestos de trabajo reservados a funcionarios de los grupos
A1 –titulados superiores– y A2 –titulados medios-: jefes de servicio,
coordinadores, asesores y similares, explica Javier Álvarez Villa, presidente
de Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies (Cofpa) al canal de Función
Pública de Expansión.com. La sentencia se suma a otras dos
emitidas con anterioridad por la sala de Lo Contencioso, de 30 de abril de
2009, que anula la utilización abusiva de la libre designación en 171 puestos,
y la de 22 de junio de 2009, que elimina otros 210 puestos por el mismo motivo.
La Justicia recuerda al Gobierno asturiano que el sistema de provisión
ordinario para el nombramiento de funcionarios es el concurso de méritos, que
asegura que los empleados públicos concurran en igualdad de condiciones a un
determinado puesto de trabajo ofertado, y no la libre designación, que es la
que utiliza el poder partidista para nombrar discrecionalmente a los
funcionarios que los cargos políticos elijan, señala esta asociación.
Pero, además, esta nueva sentencia trae aparejada una novedad, y es que
"la Administración asturiana intentó acreditar en el expediente
administrativo tramitado para la aprobación de la relación de puestos de
trabajo (RPT) ahora anulada, que concurrían en esos puestos funciones o tareas
directivas o de especial responsabilidad, mediante la incorporación de memorias
específicas para cada uno de los puestos de trabajo", explica Álvarez
Villa.
Sin embargo, el TSJA, de acuerdo con los argumentos de estos funcionarios,
considera que, "en la mayor parte
de los casos esa motivación es más aparente que real, pues las funciones y
tareas de los puestos designados a dedo son de tipo técnico (gestión,
inspección, tramitación de subvenciones y recursos e informes jurídicos, entre
otros) y los argumentos que la Administración emplea constituyen, en buena
parte de los casos, fórmulas estereotipadas
y argumentos tautológicos". …
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Publicado por Alejandro Mon