La Sindicatura de Cuentas incurre en
un fraude de ley para incumplir la sentencia que anuló el concurso de
méritos de Técnicos Auditores de ese Organismo
ITER del
CONFLICTO en la SINDICATURA DE CUENTAS de ASTURIAS
1.-Resolución 26 mayo 2014 del Síndico Mayor convocando plazas de auditores utilizando,
de forma camuflada, la figura del “concurso específico”.
3.- Auto TSJA de 10 de noviembre 2016 contra resoluciones ilegales
del Síndico Mayor ordenando la reposición de los auditores
interinos a sus puestos y la ejecución de la sentencia.
4.- Resolución 28 noviembre 2016 Síndico Mayor,
modificando la convocatoria de 26 de mayo de 2014 convocando plazas de
auditores para la Sindicatura de Cuentas pero, ahora, con atajos ilegales, tratando de modificar una resolución, resolución 26 mayo 2014, que ya está MUERTA! ¡Rebelión e insumisión al Poder Judicial!
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El Síndico Mayor debe ser relevado de su cargo por ..."incumplimiento de los deberes de su cargo" (Art. 25.1d) Ley 3/2003, de 24 de marzo, de la Sindicatura de Cuentas.
¡INJUSTIFICABLE el comportamiento de este señor, sátrapa, feudal y dictatorial, al frente de la Sindicatura de Cuentas! Un personaje así no puede estar al frente de una institución pública cuyo cometido exige rigurosidad, seriedad y buen hacer a su gestor. ¡Ya está bien de meter "a dedo" en la función pública a los amiguetes, cuando debe primar el "mérito y capacidad" en la selección de los opositores. El programa de la convocatoria no lo aprueba, en su vida, el Síndico Mayor.
¡O DIMITE o hay que CESARLO ya! |
El BOPA de
hoy publica una resolución dictada por el
Síndico Mayor el pasado 28 de noviembre, que incurre en un manifiesto y patente
fraude de ley o desviación de poder...
... con el fin de eludir el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) dictada el pasado 7 de marzo, en la que se anula el concurso de méritos convocado por la Sindicatura de Cuentas para la provisión de cinco puestos de trabajo de Técnico de Auditoría, así como el cese de los funcionarios interinos realizado por esa Sindicatura como consecuencia de la resolución del concurso declarado ilegal.
... con el fin de eludir el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) dictada el pasado 7 de marzo, en la que se anula el concurso de méritos convocado por la Sindicatura de Cuentas para la provisión de cinco puestos de trabajo de Técnico de Auditoría, así como el cese de los funcionarios interinos realizado por esa Sindicatura como consecuencia de la resolución del concurso declarado ilegal.
La sentencia
en cuestión anula la convocatoria
del referido concurso por cuanto que la Sindicatura
de Cuentas había utilizado injustificadamente una modalidad excepcional del
concurso de méritos, denominada “concurso específico”, que comporta una
segunda fase de valoración a través de la presentación
de una memoria y la realización de una entrevista
a los candidatos.
El TSJA recuerda en su sentencia, siguiendo una asentada jurisprudencia del Tribunal Supremo (por ejemplo, en sentencias de 11 de junio de 2012 y 30 de mayo de 2013), que la opción por el sistema extraordinario del concurso específico requiere una motivación expresa en la convocatoria, en la relación de puestos de trabajo o en la creación de los correspondientes puestos, justificando las razones por las que se opta por dicho sistema de provisión.
Naturaleza de la Sindicatura de Cuentas
1. La Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias es el órgano al
que corresponde el control externo de la actividad económico-financiera del
sector público autonómico, de acuerdo con lo previsto en la presente Ley y sin perjuicio
de las competencias que correspondan al Tribunal de Cuentas. 2. La Sindicatura
de Cuentas depende directamente de la Junta General del Principado de Asturias,
y ejerce sus funciones por delegación de ella en el examen y comprobación de la
Cuenta General del Principado. 3. En
el desempeño de sus cometidos, la Sindicatura de Cuentas actuará con pleno sometimiento
al ordenamiento jurídico y gozará de
total independencia funcional para el cumplimiento de sus fines (Art. 1 LEY del Principado de Asturias 3/2003, de 24 de marzo, de
la Sindicatura de Cuentas)
El TSJA recuerda en su sentencia, siguiendo una asentada jurisprudencia del Tribunal Supremo (por ejemplo, en sentencias de 11 de junio de 2012 y 30 de mayo de 2013), que la opción por el sistema extraordinario del concurso específico requiere una motivación expresa en la convocatoria, en la relación de puestos de trabajo o en la creación de los correspondientes puestos, justificando las razones por las que se opta por dicho sistema de provisión.
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Sentencia de 7 de marzo de 2016 del TSJAsturias |
Resulta evidente, por tanto, que el
cumplimiento cabal y ajustado a Derecho de dicha sentencia obliga a efectuar
una nueva convocatoria del concurso,
en la que sólo podría utilizarse la modalidad excepcional del concurso
específico – en la práctica, una especie de libre
designación encubierta - justificando en las propias bases de la nueva
convocatoria, o en la relación de puestos de trabajo, las razones objetivas por
las que se opta por ese sistema excepcional. Asimismo, el cumplimiento de la
sentencia obliga a reintegrar a los
funcionarios interinos en los puestos de los que fueron cesados en tanto se resuelve
esa nueva convocatoria.
Lejos de dar cumplimiento a la sentencia
en los términos lógicos que se derivan de la misma, la resolución del Síndico Mayor que hoy publica el BOPA toma un atajo fraudulento para no
hacer una nueva convocatoria del concurso de méritos anulado, limitándose a
añadir ahora una delirante justificación para resucitar
un acto anulado, en la que se dice que “el
perfil del puesto de Técnico de Auditoría, exige que la persona que lo ocupa
tenga conocimientos y experiencia en fiscalización y/o auditoría de
administraciones, organismos públicos, empresas y fundaciones públicas, en
contratación administrativa, en contabilidad pública y privada y en manejo de
aplicaciones ofimáticas a nivel de usuario” y que “el concurso específico va a permitir valorar el grado de
conocimiento que los aspirantes tienen en estas materias, asegurando la
elección de aquellos cuyo perfil profesional sea el más adecuado para el
desempeño del puesto.”
De este modo, la Sindicatura de Cuentas pretende toscamente eludir el cumplimiento
de la sentencia y las consecuencias que se derivan de la misma, por lo que la resolución del Síndico Mayor deberá ser declarada nula en aplicación del artículo 103.4 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el que
se dispone que "serán nulos de
pleno Derecho los actos y disposiciones contrarios a los pronunciamientos de
las sentencias, que se dicten con la finalidad de eludir su cumplimiento"
El Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies quiere destacar que
la Sindicatura de Cuentas ha
sobrepasado con esta actuación el límite de lo tolerable a un Organismo Público
con las funciones de fiscalización que legalmente tiene encomendadas, por lo
que el Síndico Mayor, como máximo
responsable del mismo, debe presentar su dimisión de forma inmediata.
La Sindicatura de
Cuentas se rebela frente al TSJA en la ejecución de la sentencia que anuló el
concurso de méritos de Técnicos Auditores de ese Organismo
¡INJUSTIFICABLE el comportamiento de este señor, sátrapa, feudal y dictatorial, al frente de la Sindicatura de Cuentas! El propio Tribunal, para vergüenza del Síndico, ha tenido que dictar este auto, pues el Síndico Mayor paraece que NO ENTIENDE la sentencia ... lo que le invalida para presidir la Sindicatura.
¡INJUSTIFICABLE el comportamiento de este señor, sátrapa, feudal y dictatorial, al frente de la Sindicatura de Cuentas! El propio Tribunal, para vergüenza del Síndico, ha tenido que dictar este auto, pues el Síndico Mayor paraece que NO ENTIENDE la sentencia ... lo que le invalida para presidir la Sindicatura.
¡¡¡ Un empleado público, Síndico Mayor, con semejante comportamiento, no puede estar al frente de una Institución tan importante como la Sindicatura de Cuentas, ni un segundo más ...!!!
¡O DIMITE o hay que CESARLO ya!
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¿Quién
FISCALIZA la Sindicatura de Cuentas? NADIE
¿Con estos comportamientos del Síndico Mayor, un dictador al frente de la Sindicatura, que desprecia a los otros dos Síndicos, incumpliendo las sentencias judicales ..., es muy dudosa la objetividad de sus informes fiscalizadores de la actividad del sector público asturiano...!!! ¿No estará ocultando los posibles desmanes del Gobierno Socialista en el poder, usufructuario de TODO el Sector Público Asturiano? ¿Por eso lo mantienen los socialistas, contra viento y marea? |
El Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies
ha tenido acceso al Auto dictado por el Tribunal Superior de Justicia de
Asturias (TSJA) el pasado 10 de noviembre (ver aquí), en el que se requiere a
la Sindicatura de Cuentas para que ejecute la sentencia dictada el pasado 7 de marzo, que anula el
concurso de méritos convocado por ese Organismo para la provisión de cinco
puestos de trabajo de Técnico de Auditoría, así como el cese de los
funcionarios interinos producido como consecuencia de la resolución del
concurso declarado ilegal.
El
fundamento de derecho tercero del Auto del TSJA fija los términos en los que la
Sindicatura de Cuentas debía ejecutar la sentencia, señalando lo siguiente: “En
relación a la ejecución de la sentencia en su propios términos, disponiendo en
la misma que se anulan y dejan sin efecto la resolución por la que se
convoca concurso de méritos , así como
las resoluciones en las que se acuerde el cese de los recurrentes como
funcionarios interinos, anuladas y dejadas sin efecto dichas resoluciones, con
independencia de la situación en la que se hallen los nuevos empleados que han
accedido a los puestos de trabajo, la consecuencias de dichas anulaciones es la
reposición de las actuaciones al momento
inmediato anterior al de dictarse tales resoluciones, manteniendo a los
funcionarios interinos cesados en la misma situación en la que se hallaban
antes del cese, sin perjuicio de las circunstancias que se hubieran presentado
después de dicha fecha”
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Auto de 10 de noviembre de 2016 TSJA ordenando al Síndico Mayor la ejecución de la sentencia del TSJA de 7 de marzo de 2014... ¡Una vergüenza, que se llegue a tener que dictar este AUTO! |
En el
mismo fundamento de derecho el TSJA aclara que “anulada la convocatoria, no era
preciso impugnar el nombramiento de los aspirantes designados para ocupar los
puestos de trabajo convocados, toda vez que los efectos de la anulación de la
convocatoria se extienden a todo el proceso selectivo, de forma que los puestos
de funcionarios interinos que ocupaban los recurrentes no pueden entenderse
ocupados por los nuevos titulares
resultantes de la convocatoria anulada”
Por
tanto, a la luz del contenido de dicho Auto, la ejecución de la sentencia
obliga a repetir el concurso de méritos al haberse anulado la convocatoria, a
cesar a los funcionarios que obtuvieron los puestos en el convocatoria ilegal y
a reponer en los mismos a los funcionarios interinos que fueron desplazados por
aquellos.
Como
ya señalamos hace dos días, lejos de acatar el contenido del Auto, el Síndico
Mayor dictó con fecha 28 de noviembre una resolución, publicada en el BOPA del
pasado 29 de noviembre, que toma un atajo fraudulento para no hacer una nueva
convocatoria del concurso de méritos anulado y para evitar la readmisión de los
interinos cesados, limitándose a añadir
ahora una delirante justificación
para resucitar un acto anulado, en la que se dice que “el perfil del
puesto de Técnico de Auditoría, exige que la persona que lo ocupa tenga
conocimientos y experiencia en fiscalización y/o auditoría de administraciones,
organismos públicos, empresas y fundaciones públicas, en contratación
administrativa, en contabilidad pública y privada y en manejo de aplicaciones
ofimáticas a nivel de usuario” y que “el concurso específico va a permitir
valorar el grado de conocimiento que los aspirantes tienen en estas materias,
asegurando la elección de aquellos cuyo perfil profesional sea el más adecuado
para el desempeño del puesto.”
Se
trata de un acto de rebelión en toda regla frente al Auto del TSJA, que no
tiene precedentes y que coloca a la Sindicatura de Cuentas en una situación muy
delicada, al margen de la legalidad.
La Junta General del Principado, de la que depende la Sindicatura de Cuentas, debería intervenir con urgencia pidiendo cuentas al Síndico Mayor. Por elementales razones de higiene democrática.(01/12/2016)
La Junta General del Principado, de la que depende la Sindicatura de Cuentas, debería intervenir con urgencia pidiendo cuentas al Síndico Mayor. Por elementales razones de higiene democrática.(01/12/2016)
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El Síndico está que no le llega la camisa al cuello! Si Javier Fernández le sigue dando su apoyo, se hace cómplice de la burla que el Síndico Mayor se trae con la Justicia.
¡Debe cesarlo ya! colaborando con el PP y Podemos.
Está dañando la imagen de Asturias y, en último término, la ya dañada imagen de la FSA (Familia Socialista Asturiana).
No podemos tener al frente del órgano fiscalizador de los fondos públicos de Asturias, a un señor que da la espalda a los jueces... ¿Qué no hará en la Sindicatura?
¿A
cuántos centenares de miles de euros subirá la indemnización a los interinos cesados?
¿Habrá cometido un posible delito de responsabilidad/infracción contable?
¿Pagará
la cuantiosa indemnización el Síndico Mayor, pero de su bolsillo?
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Daniel Ripa, secretario general de Podemos en Asturias |
La formación morada exige que se
restituya en su puesto a los interinos despedidos en el órgano fiscalizador
tras un concurso «ilegal». «No contribuiremos a convertir la Sindicatura en un
órgano que se limita a dar barniz protector a una administración que ni
gestiona bien»
El
PP y Podemos denuncian que la Sindicatura opera con atajos ilegales
(4-Diciembre-2016)
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Luis Venta Cueli, diputado del PP en Asturias |
El diputado popular Luis Venta señala que la Sindicatura «no
puede ni debe ser gobernada al capricho de una persona, ni mucho menos
vulnerando las normas y las sentencias judiciales, y esto es lo que
precisamente está pasando».
...El Síndico Mayor, defiende a los ASTURIANOS o defiende a los SOCIALISTAS ASTURIANOS? Vea lo que dijo en su fiscalización de GISPASA:
Publicado por Alejandro Mon